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📋I-130 – Petición para familiar (Esposa,Hijos,Hermanos,Etc)

⚠️ Importante:

Estos pasos son una guía general y pueden variar ligeramente según el país o consulado seleccionado.
📌 Verifica siempre las instrucciones específicas del sitio oficial donde realizarás tu proceso.

⚖️ Aviso legal: Esta información es solo orientativa y no constituye asesoría legal. Para tu caso específico, consulta con un abogado de migración certificado.

Tu trámite en 4 fases · 18 pasos

Preparación

5 pasos

Aplicación

5 pasos

Seguimiento

4 pasos

Resultado

4 pasos

Preparación

Antes de iniciar

  1. 1

    El Formulario I-130, Petition for Alien Relative (Petición para familiar extranjero), es presentado por ciudadanos o residentes permanentes de los EE.UU. para establecer la relación familiar con un familiar extranjero que desea inmigrar a EE.UU. Más información oficial:

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  2. 2

    Ciudadanos estadounidenses pueden presentar peticiones para: cónyuge, hijos solteros o casados de cualquier edad, padres (si el peticionario tiene al menos 21 años), y hermanos. Residentes permanentes legales solo pueden pedir al cónyuge o hijos solteros. Fuente oficial:

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  3. 3

    Antes de presentar el formulario, debes reunir documentos que demuestren la relación familiar. Esto incluye certificados de nacimiento, matrimonio, documentos de adopción o pruebas de relación continua (fotos, mensajes, cuentas conjuntas). Ver:

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  4. 4

    Debes llenar el formulario electrónicamente o a mano con tinta negra. Asegúrate de usar la versión más reciente del formulario desde el sitio oficial de USCIS:

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  5. 5

    Si estás solicitando por tu cónyuge, también debes llenar el Formulario I‑130A (Información suplementaria del cónyuge beneficiario). Ver detalles:

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Aplicación

Presentación del trámite

  1. 6

    La tarifa actual del Formulario I-130 es de $675 USD. Puede pagarse en línea con tarjeta o con cheque/money order si se envía por correo. Verifica tarifas actualizadas aquí:

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  2. 7

    Puedes presentar el formulario I-130 en línea (solo si estás solicitando desde EE.UU. y no para un familiar que esté procesando en el extranjero) o por correo a la dirección de USCIS correspondiente según tu ubicación. Direcciones:

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  3. 8

    Después de enviar la solicitud, recibirás el Formulario I-797 (Notificación de recibo). Puedes seguir el estatus con tu número de caso en

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  4. 9

    USCIS procesará la petición y te notificará si se aprueba. Los tiempos de espera varían por tipo de familiar y país. Consulta aquí los tiempos actuales:

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  5. 10

    Una vez aprobado, el caso se transfiere al Centro Nacional de Visas (NVC), que asignará un número de visa y proporcionará instrucciones para completar el DS-260 y pagar tarifas. Más info:

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Seguimiento

Procesamiento

  1. 11

    Si el beneficiario está dentro de EE.UU. y es elegible, podrá presentar el Formulario I-485 para ajustar su estatus a residente permanente. Ver:

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  2. 12

    El familiar deberá acudir a una entrevista con un oficial consular o de USCIS. Se evaluará la relación familiar, la elegibilidad migratoria y se tomarán datos biométricos. Consejos para la entrevista:

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  3. 13

    El proceso y los tiempos pueden variar significativamente según si estás pidiendo a un cónyuge, hijo, padre o hermano. La categoría preferencial de visa influye en el tiempo de espera. Revisa el boletín de visas mensual aquí:

    👉 Haz clic en el enlace para acceder a la información oficial.
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  4. 14

    • Cónyuge: certificado de matrimonio, I-130A, pruebas de relación. • Hijo: certificado de nacimiento. • Padres: certificado de nacimiento del peticionario mostrando el nombre del padre/madre. • Hermano: certificados de nacimiento de ambos mostrando al mismo padre/madre. Fuente:

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Resultado

Cierre del caso

  1. 15

    Una vez aprobado, el familiar podrá continuar con el proceso migratorio (consular o ajuste de estatus). La aprobación del I-130 no otorga estatus legal ni permiso de trabajo. Más info:

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  2. 16

    Puedes seguir el estatus del caso en el sistema CEAC (Consular Electronic Application Center) usando el número de caso del NVC:

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  3. 17

    Durante el proceso, se evalúa si el familiar tiene causales de inadmisibilidad (entradas ilegales, antecedentes, fraude migratorio, etc.). En algunos casos puede pedirse un perdón (I-601 o I-601A). Info:

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  4. 18

    Para casos complejos, relaciones irregulares o antecedentes migratorios, es recomendable consultar con un abogado de inmigración acreditado. Puedes buscar uno aquí:

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