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📋I-130 – Petición para familiar (Esposa,Hijos,Hermanos,Etc)

⚠️ Importante:

Estos pasos son una guía general y pueden variar ligeramente según el país o consulado seleccionado.
📌 Verifica siempre las instrucciones específicas del sitio oficial donde realizarás tu proceso.

  1. ¿Qué es el Formulario I-130?

    El Formulario I-130, Petition for Alien Relative (Petición para familiar extranjero), es presentado por ciudadanos o residentes permanentes de los EE.UU. para establecer la relación familiar con un familiar extranjero que desea inmigrar a EE.UU. Más información oficial:

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  2. ¿Quién puede presentar el Formulario I-130?

    Ciudadanos estadounidenses pueden presentar peticiones para: cónyuge, hijos solteros o casados de cualquier edad, padres (si el peticionario tiene al menos 21 años), y hermanos. Residentes permanentes legales solo pueden pedir al cónyuge o hijos solteros. Fuente oficial:

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  3. Paso 1: Reunir la documentación de respaldo

    Antes de presentar el formulario, debes reunir documentos que demuestren la relación familiar. Esto incluye certificados de nacimiento, matrimonio, documentos de adopción o pruebas de relación continua (fotos, mensajes, cuentas conjuntas). Ver:

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  4. Paso 2: Completar el Formulario I-130

    Debes llenar el formulario electrónicamente o a mano con tinta negra. Asegúrate de usar la versión más reciente del formulario desde el sitio oficial de USCIS:

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  5. Paso 3: Completar el Formulario I‑130A (si aplica)

    Si estás solicitando por tu cónyuge, también debes llenar el Formulario I‑130A (Información suplementaria del cónyuge beneficiario). Ver detalles:

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  6. Paso 4: Pagar la tarifa de presentación

    La tarifa actual del Formulario I-130 es de $675 USD. Puede pagarse en línea con tarjeta o con cheque/money order si se envía por correo. Verifica tarifas actualizadas aquí:

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  7. Paso 5: Enviar el formulario

    Puedes presentar el formulario I-130 en línea (solo si estás solicitando desde EE.UU. y no para un familiar que esté procesando en el extranjero) o por correo a la dirección de USCIS correspondiente según tu ubicación. Direcciones:

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  8. Paso 6: Recibir notificaciones de USCIS

    Después de enviar la solicitud, recibirás el Formulario I-797 (Notificación de recibo). Puedes seguir el estatus con tu número de caso en

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  9. Paso 7: Esperar la aprobación del I-130

    USCIS procesará la petición y te notificará si se aprueba. Los tiempos de espera varían por tipo de familiar y país. Consulta aquí los tiempos actuales:

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  10. Paso 8: Enviar el caso al NVC (si el familiar está fuera de EE.UU.)

    Una vez aprobado, el caso se transfiere al Centro Nacional de Visas (NVC), que asignará un número de visa y proporcionará instrucciones para completar el DS-260 y pagar tarifas. Más info:

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  11. Paso 9: Ajuste de estatus (si el familiar ya está en EE.UU.)

    Si el beneficiario está dentro de EE.UU. y es elegible, podrá presentar el Formulario I-485 para ajustar su estatus a residente permanente. Ver:

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  12. Paso 10: Prepararse para la entrevista consular o ajuste de estatus

    El familiar deberá acudir a una entrevista con un oficial consular o de USCIS. Se evaluará la relación familiar, la elegibilidad migratoria y se tomarán datos biométricos. Consejos para la entrevista:

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  13. Variaciones importantes según el tipo de familiar

    El proceso y los tiempos pueden variar significativamente según si estás pidiendo a un cónyuge, hijo, padre o hermano. La categoría preferencial de visa influye en el tiempo de espera. Revisa el boletín de visas mensual aquí:

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  14. Documentos comunes requeridos (según el tipo de familiar)

    • Cónyuge: certificado de matrimonio, I-130A, pruebas de relación. • Hijo: certificado de nacimiento. • Padres: certificado de nacimiento del peticionario mostrando el nombre del padre/madre. • Hermano: certificados de nacimiento de ambos mostrando al mismo padre/madre. Fuente:

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  15. ¿Qué pasa después de la aprobación del I-130?

    Una vez aprobado, el familiar podrá continuar con el proceso migratorio (consular o ajuste de estatus). La aprobación del I-130 no otorga estatus legal ni permiso de trabajo. Más info:

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  16. Seguimiento del caso en el NVC y CEAC

    Puedes seguir el estatus del caso en el sistema CEAC (Consular Electronic Application Center) usando el número de caso del NVC:

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  17. Revisión de inadmisibilidad

    Durante el proceso, se evalúa si el familiar tiene causales de inadmisibilidad (entradas ilegales, antecedentes, fraude migratorio, etc.). En algunos casos puede pedirse un perdón (I-601 o I-601A). Info:

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  18. Consultar con un abogado migratorio

    Para casos complejos, relaciones irregulares o antecedentes migratorios, es recomendable consultar con un abogado de inmigración acreditado. Puedes buscar uno aquí:

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